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PLAME y T-Registro: guía de planilla electrónica para empleadores

Equipo de recursos humanos revisando planillas en una oficina

Si tu empresa tiene aunque sea un trabajador, estás obligado a llevar Planilla Electrónica. Son dos cosas: el T-Registro y el PLAME.

T-Registro

Es el registro de las personas vinculadas a la empresa: trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios (cuarta categoría), personal en formación y derechohabientes (los familiares con derecho a EsSalud).

Regla clave: al trabajador hay que darlo de alta antes de que empiece a trabajar (a más tardar el día anterior al inicio de labores). Las bajas y las modificaciones también tienen plazo.

PLAME

Es la declaración mensual de todo lo que pasa con esa planilla: remuneraciones, días trabajados, aportes y retenciones. Ahí se determinan y pagan:

  • EsSalud: 9% a cargo del empleador.
  • ONP (13%) o AFP (aporte + comisión + prima), que se retienen al trabajador.
  • Retención de renta de 5ta categoría, si el sueldo anual proyectado supera el tramo inafecto.
  • SCTR, si la actividad es de riesgo.

Se presenta y paga según el cronograma mensual de SUNAT, por el último dígito del RUC.

Multas frecuentes

  • No registrar al trabajador en el T-Registro antes del inicio de labores (es de las más caras y frecuentes en fiscalizaciones de SUNAFIL).
  • No presentar el PLAME o presentarlo fuera de plazo.
  • Declarar datos que no coinciden con los contratos o con lo pagado.
  • No registrar a los derechohabientes y que el trabajador no pueda atenderse en EsSalud.

Preguntas frecuentes

¿Un trabajador a medio tiempo también va en planilla?

Sí. Part-time, por horas o a plazo fijo: todos van al T-Registro y al PLAME desde el primer día.

¿Los recibos por honorarios (cuarta categoría) van en el PLAME?

El prestador se registra en el T-Registro y sus recibos y retenciones de cuarta se informan en el PLAME del mes.

¿Pueden llevar mi planilla ustedes?

Sí, es parte de gestión de planillas: cálculo, boletas, PLAME, altas y bajas, CTS y gratificaciones.

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